Requisitos:

  1. Minuta, la cual debe contener la liquidación de los bienes muebles e inmuebles adquiridos por la sociedad conyugal dentro de la vigencia del matrimonio, la liquidación de los mismos.
  2. Documento de Identidad.
  3. Partida de Matrimonio vigente.
  4. Copia certificada emitida por SUNARP de la partida registrada del inmueble y/o muebles original HR-PU y recibo de pago del Impuesto Predial del año de la sustitución.




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