Instrumentos Protocolares
Escrituras Públicas
Compra Venta de Bien Inmueble
Donación de Bien Inmueble
Anticipo de Herencia
Sustitución de Régimen Patrimonial
Constitución de Asociaciones
Poderes
Otros Contratos
Constitución de Empresas
Constitución de Empresas por Internet
Testamento
Testamentos
Actas de Protesto
Protestos de Títulos Valores
Actas de Transf. de Bienes Muebles Registrables
Transferencia de Vehículos
Asuntos No Contenciosos
Rectificación de Partidas
Sucesión Intestada
Constitución de Patrimonio Familiar
Separación de Cuerpos y Divorcio Ulterior
Reconocimiento de Unión de Hecho
Prescripción Adquisitiva
Trámite Esp. de Desalojo con Interv. Notarial
Matrimonio Civil Notarial
Instrumentos Extraprotocolares
Certificaciones
Entrega de Cartas Notariales
Expedición de Copias Certificadas
Certificación de Firmas
Certificación de Reproducciones
Certificación de Apertura de Libros
Certificación de Viajes al Interior
Certificación de Viajes al Exterior
Autorización de Viajes
Al Interior
Al Exterior
Constatación de Hechos
Destrucción de Bienes
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Autorización de Viajes
Al Interior
Al Exterior
Constatación de Hechos
Destrucción de Bienes
REQUISITOS PARA MATRIMONIO CIVIL NOTARIAL
1. SOLTEROS (AS):
-
- Solicitud firmada por ambos contrayentes declarando que pretenden contraer matrimonio civil (indicar la dirección exacta del lugar donde se llevara a cabo la ceremonia de matrimonio).
- Copia de DNI de los contrayentes.
- Copia certificada de partida de nacimiento de ambos contrayentes, con antigüedad no mayor a 03 meses.
- Declaración jurada de domicilio de cada contrayente, acreditando que por lo menos uno de ellos, vive en cualquiera de los distritos de la provincia de lima
- Certificado médico con menos de 30 días de vigencia que acredite que cada uno de los contrayentes se encuentra con buena salud.
- 02 testigos mayores de edad, que los conozcan por lo menos 3 años antes y no sean familiares. pudiendo ser los mismos testigos para ambos pretendientes.
- Certificado negativo de unión de hecho de cada uno de los contrayentes (Sunarp)
- Constancia negativa de inscripción de matrimonio de cada uno de los contrayentes (Reniec)
** REQUISITOS ADICIONALES (SEGUN CORRESPONDA)
2. DIVORCIADOS (AS):
- Copia certificada de la partida de matrimonio anterior con la anotación de la disolución del vínculo matrimonial, con una antigüedad no mayor a 3 meses.
- Copia del DNI en el que aparezca el estado civil de divorciado del futuro contrayente.
- Declaración jurada de cada contrayente de no tener hijos bajo su patria potestad y/o de no administrar los bienes de ellos. en caso de administrar bienes de sus menores hijos deberá presentar inventario judicial.
- Constancia negativa de embarazo de la futura contrayente, si es que no han transcurrido 300 días calendarios siguientes a haberse producido el divorcio. si la contrayente se encuentra embarazada dentro de este tiempo, deberá presentar declaración jurada de que el hijo por nacer no tiene como padre al ex marido.
3. VIUDOS (AS):
- Copia certificada de la partida de matrimonio con una antigüedad no mayor a 3 meses.
- Copia certificada del acta de defunción del cónyuge fallecido con una antigüedad no mayor a 3 meses.
- Copia del DNI en el que aparezca el estado civil de viudo.
- Declaración jurada de cada contrayente de no tener hijos bajo su patria potestad y/o de no administrar los bienes de ellos. En caso de administrar bienes de sus menores hijos deberá presentar inventario judicial.
- Constancia negativa de embarazo de la futura contrayente, si es que no han transcurrido 300 días calendarios siguientes del fallecimiento del marido. Si la contrayente se encuentra embarazada, deberá presentar declaración jurada de que el hijo por nacer no tiene como padre al ex marido.
4. A TRAVÉS DE APODERADO (A):
Sólo uno de los contrayentes puede actuar por apoderado.
- Copia simple de la escritura pública del poder especial, debidamente inscrito en los registros públicos y no haya caducado (seis meses después de otorgado).
- Vigencia de poder del apoderado emitido por la Sunarp con antigüedad no mayor de 30 días.
- Copia del DNI del apoderado.
5. EXTRANJEROS (AS):
Todos los documentos expedidos en el extranjero, deben estar apostillados por el Ministerio de Relaciones Exteriores de su país y, en su caso, con traducción oficial al idioma castellano.
- Certificado consular de soltería, según corresponda.
- Copia del carnet de extranjería vigente.
6. ENTRE PARIENTES CONSANGUÍNEOS COLATERALES EN TERCER GRADO:
- Dispensa judicial del parentesco de consanguinidad colateral en tercer grado.
* Cualquier información adicional escriba al correo electrónico: notsalv@notariasalvatierra.com.pe